Lo primero
permitirme unos apuntes sobre nuestra legislación nacional, autonómica y
local. (existe también de ámbito internacional en lo que se refiere a la
protección del Camino de Santiago)
Nuestra
Constitución Española en su artículo 46 dice:
"Los
poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el
enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los
pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su
régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados
contra este patrimonio."
Sea propiedad del
Ayuntamiento o por venta a particulares, nuestra Constitución nos obliga
a conservarlos y enriquecerlos (a los bienes patrimoniales, no a
particulares)
LEY 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
(BOE de 29 de junio de 1985)
"Art. 4.º
A los efectos de la presente Ley se entiende por expoliación toda acción
u omisión que ponga en peligro de pérdida o
destrucción todos o alguno de los
valores de los bienes que integran el
Patrimonio Histórico Español o perturbe el
cumplimiento de su función social.
En tales casos la Administración del Estado,
con independencia de las competencias que
correspondan a las Comunidades
Autónomas, en cualquier momento, podrá
interesar del Departamento competente
del Consejo de Gobierno de la Comunidad
Autónoma correspondiente la adopción
con urgencia de las medidas conducentes a
evitar la expoliación. Si se desatendiere
el requerimiento, la Administración del Estado
dispondrá lo necesario para la recuperación
y protección, tanto legal como técnica, del
bien expoliado."
Nuestro Estatuto de Autonomía de
La Rioja en su Título I de las Competencias de la Comunidad
Autónoma, Capítulo primero, artículo octavo y apartado veintiséis,
dentro de sus competencias exclusivas, dice que le corresponde:
"El patrimonio artístico, arqueológico,
histórico, cultural, monumental, arquitectónico y
científico de interés
para La Rioja."
Ley 7/2004, de 18 de octubre, de
Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja
Ya en su
exposición de motivos en su apartado I, podemos leer:
"El patrimonio cultural,
histórico y artístico de La Rioja constituye un bien social
perteneciente a todos los riojanos....."
¿Será que vamos a
ser todos socios accionistas de ese hotel con encanto?
Siguiendo en la
exposición de motivos en su apartado IV podemos leer:
"[...] la presente Ley
plasma el anunciado fin del disfrute colectivo del patrimonio cultural,
histórico y artístico de La Rioja por medio del favorecimiento de las
cesiones de uso de inmuebles históricos tanto entre Administraciones
como a particulares que se comprometan a su restauración y mantenimiento
y los destinen a una actividad que pueda potenciar su aprecio popular."
¿Nos dejaran ir a
dormir y desayunar a todos los riojanitos en dicho hotelito?
Con respecto a la
conservación podemos leer en nuestra Ley autonómica:
Artículo 25. Deber general de
conservación.
"1. Los propietarios,
poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes
del patrimonio cultural, histórico y artístico de La Rioja están
obligados a conservarlos, mantenerlos, custodiarlos, cuidarlos y
protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida,
destrucción o deterioro, de conformidad con lo dispuesto en la
legislación urbanística y en esta Ley. Este deber básico comporta
salvaguardar la integridad del bien y no destinarlo en ningún caso a
usos y actividades que pongan en peligro la pervivencia de los valores
que hacen de él un bien perteneciente al patrimonio cultural, histórico
y artístico."
Podíamos seguir
con muchas más citas de legislaciones de diversos ámbitos, que lo único
que pretenden es proteger nuestro patrimonio que en muchas ocasiones
escaso, como nos ocurre en Logroño con estos edificios.
Hay noticias que
llaman la atención por los cambios en los intereses:
El periódico del
Ayuntamiento de Logroño, DE BUENA FUENTE, número 573 y de fecha Viernes
12 Febrero 1999, podíamos leer en su portada “ El Ayuntamiento
invertirá 200 millones en rehabilitar la manzana de Mercaderes”
y en la misma página podemos seguir
leyendo “La intervención sobre
la manzana de Mercaderes prestará especial atención al respeto de los
valores arquitectónicos existentes, fundamentalmente hallados en tres
edificios. Se trata de la “Casa torreón”, en el número 22 de Ruavieja,
calificada con el mayor grado de interés (el mismo que las
iglesias del Casco Antiguo) y que se prevé convertir en museo...........
El Plan General del Ayuntamiento actual (2006) sigue considerando a este
edificio de interés excepcional, dándole la categoría I
(la misma que las iglesias del Casco Antiguo); a Ruavieja 24 lo
considera de interés en cualquier localización, categoría
II.
Así, con todos
estos datos es curioso ver un anuncio en el periódico La Rioja en el mes
de Septiembre de 2005; buscando interesados en un Hotel Restaurante, en
un edificio completamente rehabilitado dentro del Casco Antiguo.
¡Curioso¡ ¿No?. Un edificio de la máxima protección, sin permisos, ni
licencias, ni estudios arqueológicos, sin exposición pública para
alegaciones, y ya lo estamos vendiendo. (¿información privilegiada?)
Todo esto es para
contaros que el domingo día 5 de Febrero de 2006, ante el inminente
desmonte (destrucción de su integridad), nos reunimos frente a estos
edificios Ruavieja 22-24 para darles el último adiós; los que allí
acudimos, contamos con la presencia de varios expertos Maite Álvarez
Clavijo, Begoña Arrue y Enrique
Martínez
Glera, que nos explicaron los pormenores de estos edificios y su
importancia. De igual modo, fue muy instructivo conocer la composición y
funcionamiento del Consejo Superior de Patrimonio de La Rioja, nuestro
mayor garante en la protección y custodia de nuestro Patrimonio.
Con hondo pesar
vemos desaparecer estos inmuebles, únicos vestigios de nuestra historia
de siglos pasados. Seguro que podremos leer en un futuro próximo:
“duerma usted en un verdadero torreón del Siglo XVI”. No se nos
explicarán más datos, no serán importantes.
Federico Soldevilla Agreda
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